¿Puedo tener empleada del hogar sin darla de Alta en la Seguridad Social?
Esta es una pregunta recurrente, una duda que puede surgir posiblemente por tener una persona empleada por pocas horas a la semana, por ejemplo.
Recientemente hemos conocido la noticia de que un operario que al parecer trabajaba en el montaje de las casetas para la Feria de San Isidro en Madrid -2023, ha fallecido como consecuencia de un presunto accidente de trabajo.
Si el fallecimiento de cualquier persona es lamentable, cuando esto ocurre durante el desarrollo del trabajo, tiene unas especiales connotaciones y consecuencias que van mucho más allá de la pérdida de la vida humana.
La noticia hacía mención a que al parecer esta persona no estaba de alta en la seguridad social y que los empresarios como consecuencia de ello, habían sido detenidos.
Si todo lo expuesto en la noticia es así, lo que este fallecimiento puede acarrear para los responsables de la empresa para la que trabajaba el operario es de unas responsabilidades brutales tanto de tipo económico como de tipo penal, al darse el condicionante de falta de alta en seguridad social de un trabajador.
En el Servicio Doméstico en España, existe una gran cantidad de mano de obra desempeñando trabajo en domicilios particulares y desgraciadamente se da mucho que esta circunstancia vaya emparejada de la falta de alta en seguridad social, ya sea por falta de asunción del empleador de sus obligaciones como contratante de dicha persona o porque ésta carezca en el caso de ser extranjero, de documentación legal para trabajar en nuestro país.
Por todo ello, aprovechamos la ocasión para recordar que NO SE PUEDE DAR TRABAJO EN EL HOGAR A NINGUNA PERSONA SIN QUE FIGURE PERTINENTEMENTE DE ALTA EN SEGURIDAD SOCIAL DESDE EL PRIMER DÍA QUE DESEMPEÑE SU LABOR Y POR EL Nº DE HORAS REAL DE JORNADA QUE REALICE y que en el caso de ser extranjera, la persona deberá disponer de permiso de trabajo válido para trabajar en España.
Alta Servicio Doméstico, está a su disposición para ayudarle en todas estas tareas.